Capitalización del Desempleo autónomos:
-Actualmente, la capitalización del desempleo permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo a aquellas personas interesadas en iniciar su propio negocio solamente a los hombres menores de 30 años y a las mujeres de hasta 35 años, también las personas con un grado de discapacidad de más del 33%. Con la entrada en vigor de la nueva medida, cualquier desempleado podrá utilizar toda su prestación pendiente para iniciar su nuevo negocio. Además, se permite compatibilizar la actividad como autónomo con el cobro del paro durante nueve meses. También se amplía de dos a cinco años la posibilidad de retomar la prestación en el caso de que te des de baja como autónomos.
Bases máximas y mínimas:
-La base mínima de cotización sube el 1% desde 875,70 a 884,40 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa de 261,83 € a 264,44 euros. La de los autónomos societarios sube hasta 315,97 €. La base máxima de cotización sube apenas un 0,25%, pasando de 3.597,00 a 3.606,00 euros mensuales.
Acreditación cese actividad autónomos
-Hasta ahora para acreditar el cese de actividad sólo será necesario alegar un 10% de pérdidas anuales, y no un 30% de los ingresos en un año completo o superiores al 20% en dos años consecutivos y completos, como era obligatorio hasta ahora. Por su parte, los autónomos que cotizan por el sistema de módulos sólo deban justificar un 10% de pérdidas contables para poder acceder a la prestación, es decir, la constatación de un 10% menos de ingresos que de gastos.
Tarifa Plana de 50 euros
–Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a los autónomos que contraten a jóvenes menores de 30 años. De esta forma, los autónomos ya constituidos que generen un primer empleo contratando un joven menor de 30 años podrán acceder a esta tarifa plana, que sería compatible con otras bonificaciones asociadas a este nuevo empleo. En un principio este beneficio comportará un compromiso por parte del empresario de mantenimiento de este empleo al menos por el mismo tiempo que la duración de la bonificaciones, entre 30 y 18 meses según la edad del trabajador contratado. Además, aquellos autónomos que ya están acogidos a la tarifa plana no la perderían si contratan.
Autónomos dependientes
-Los autónomos dependientes, a los que se conoce comúnmente como TRADES, podrán tener derecho al paro de los autónomos sin necesidad de que su contrato con el cliente principal tenga que estar registrado en el SEPE
Conciliación de los trabajadores autónomos
–Bonificación para la conciliación de los trabajadores autónomos: Bonificación de la cuota de autónomos que permitirá estos trabajadores acogerse a una reducción de la jornada para ocuparse del cuidado de un hijo menor de 7 años, o un familiar dependiente de hasta 2º grado.
Retenciones de profesionales
– Las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas, en concreto del 21% de 2014 al 19 % a partir del 1 de enero de 2015 y al 18% a partir de enero de 2016. Recordemos además que los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000 euros pagan un tipo reducido del 15% desde el pasado mes de julio. Además, los profesionales autónomos que no coticen en el RETA sino en una mutua de previsión social alternativa a la Seguridad Social, podrán deducirse sus cuotas por contingencias comunes.